Casi 5 millones de españoles tendrán que hacer frente a un segundo pago del IRPF el día 5 de noviembre. No se trata de ningún fallo del sistema o un cobro añadido, sino que se trata de la parte final del pago fraccionado solicitado por algunos contribuyentes. Supone un 40% de la deuda total.
Un 70% de los contribuyentes que cuentan con una declaración que sale a pagar prefiere fraccionar el pago en 2 plazos, en lugar de abonar toda la deuda el último día de la campaña de la renta.
Los contribuyentes que hayan elegido domiciliar el pago y ahora mismo no puedan hacer frente a este segundo plazo, tendrán que pagar una multa de entre el 5% y el 20%del importe total a la Agencia Tributaria.
La cuantía variará en función de los meses que se tarde en ingresar el segundo pago pendiente. Si se hace pasado el día 30, pero antes de recibir algún requerimiento, solo tendrán que hacer frente a un recargo del 5% sobre el importe inicial.
Este porcentaje se llega a duplicar hasta el 10%, si se recibe un aviso por carta de la Agencia Tributaria y se paga en el periodo establecido. Si aun así no se ingresa, la sanción asciende a un 20% sobre la deuda.
Se puede elegir entre varios métodos para abonar el pago fraccionado, mediante domiciliación bancaria o de manera proactiva.
En este último caso, hay tres opciones para hacer el ingreso:
- Hacerlo de forma online a través de la web de la Agencia Tributaria presentando el modelo 102.
- Acudir de forma presencial a una oficina de su entidad bancaria.
- Personarse en una delegación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
Quién puede solicitar el fraccionamiento del pago del IRPF
El fraccionamiento del pago del IRPF es una opción que ofrece la Agencia Tributaria para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a los contribuyentes cuya declaración de la renta resulta a pagar. Esta modalidad permite dividir el importe total en dos plazos, lo que puede aliviar la carga económica en el momento de la liquidación.
Pueden acogerse al fraccionamiento todos los contribuyentes cuya declaración de la renta resulte a pagar. Esta opción está disponible tanto para declaraciones individuales como conjuntas y deben presentarse dentro del plazo oficial de la campaña.
La solicitud de este fraccionamiento se debe solicitar en el momento de presentar la declaración, marcando la opción correspondiente en el programa Renta WEB. El sistema divide directamente el importe en dos pagos:
- Primer plazo: 60% del total, que se abona al presentar la declaración.
- Segundo plazo: 40% restante, con vencimiento el 5 de noviembre del mismo año.
Además, el contribuyente puede elegir entre pagar mediante domiciliación bancaria o realizar el ingreso de forma manual utilizando el modelo 102.
¿Se puede modificar o cancelar el fraccionamiento una vez solicitado?
Una vez solicitado el fraccionamiento en la declaración, no se puede modificar el porcentaje ni los días de pagos. Sin embargo, sí puedes cambiar la forma de pago del segundo plazo si lo haces con antelación suficiente:
- Cambio de cuenta bancaria: Se puede modificar la cuenta de domiciliación antes del 15 de septiembre.
- Pago anticipado: El contribuyente puede abonar el segundo plazo antes del 5 de noviembre utilizando el modelo 102, incluso si inicialmente eligió la domiciliación.
- En caso de querer cancelar el fraccionamiento y pagar el total antes del vencimiento del segundo plazo, se puede hacer el ingreso completo en cualquier momento, utilizando el modelo adecuado, y se comunique correctamente a la Agencia Tributaria.
Consejos para evitar sanciones en el pago del IRPF
Evitar sanciones por impago del segundo plazo del IRPF es posible con una mínima planificación y conocimiento de las herramientas que ofrece la Agencia Tributaria.
- Revisar el calendario fiscal: Es fundamental tener presente que el segundo plazo vence el 5 de noviembre.
- Comprobar la domiciliación bancaria: Si se eligió esta opción, es importante verificar que la cuenta tenga saldo suficiente en la fecha de cargo.
- Anticiparse al pago:Aunque el vencimiento es en noviembre, el segundo plazo puede abonarse en cualquier momento mediante el modelo 102.
- Solicitar alertas o recordatorios: Algunas aplicaciones de gestión financiera permiten configurar avisos para pagos recurrentes o importantes.
- Sede Electrónica: Desde este portal se puede consultar el estado de la declaración, descargar el modelo 102, modificar datos bancarios y realizar pagos.
App móvil de la AEAT: Permite acceder a información personalizada, recibir notificaciones y realizar gestiones básicas desde el teléfono.
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